lunes, 30 de marzo de 2015

La Plusvalía, impuesto inmobiliario cuestionado. Stop Desahucios

La plusvalía o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana IMVTNU. En primer lugar destacar sobre este impuesto inmobiliario su atributo urbano, es decir, no afecta a los inmuebles o bienes de naturaleza rústica y por otro lado solamente tributa por el valor del suelo y no por el de la construcción del bien inmobiliario. 


La ya conocida como plusvalía es un impuesto directo que grava el aumento del valor de dichos bienes que se genere en el transcurso del tiempo que lo posea el transmitente y que aparece en el mismo instante en que se vende, hereda o dona ese bien inmobiliario.

Sus alas para mantenerse siempre en alza es la manera de calcular dicho impuesto.

Mediante una fórmula matemática con unos coeficientes fiscales que determinan los ayuntamientos y que se aplican al último valor catastral inmobiliario. Es este dato, el valor catastral, el que hace que todo funcione de manera positiva para Hacienda puesto que desde el 2009 estamos viendo como año tras año se revisan dichos valores catastrales al alza sin tener en cuenta que esta tendencia es contra natura sobre lo que este aconteciendo en el panorama inmobiliario español. 

Es decir, sin tener en cuenta los precios de mercado de los activos inmobiliarios se dan situaciones tan dispares en comparación con la situación real como que en Madrid ha aumentado el valor catastral del suelo en el 2011 un 298% o hasta un 346% en Cádiz lo que provoca un resultado siempre a favor de la recaudación del impuesto por parte de los ayuntamientos.

La punta del iceberg llegó cuando empezaron a darse casos de ejecuciones hipotecarias al tener que entregar el bien inmobiliario al banco como dación en pago y donde se obligaba al propietario a pagar ese impuesto de plusvalía que como es obvio en estos casos no existía. 

Con la reforma fiscal que entró en vigor a partir del 1 de enero, la dación en pago quedó exenta aunque matizando que esta exención es solo para vivienda habitual y siempre que el propietario no disponga de otros bienes inmobiliarios para afrontar el pago total de la deuda. elBlogInmobiliario-infografía 

Según Carmen Giménez, abogado titular de g&g Abogados los tribunales se están manifestando al respecto y establecen claramente que el transmitente llevará las de ganar cuando acuda a los tribunales con respecto al impuesto de la plusvalía municipal si cuando venda, herede o done el bien inmobiliario no obtiene beneficio o si obteniéndolo, el impuesto no es proporcional a ese beneficio. elBlogInmobiliario-g&g Abogados elBlogInmobiliario-idealista

Segunda oportunidad. Stop Desahucios


El Consejo de Ministros aprobó a finales de febrero una medida contra los desahucios, o lo que las plataformas ya bautizaron como ‘stop desahucios’. La medida se incluye dentro del Real Decreto Ley de mecanismos de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

Sin duda una las mejores noticias en el ámbito inmobiliario durante este 2015. La llamada “Segunda Oportunidad para los deudores de buena fe” y es que modificando el código de buenas prácticas bancarias (cbp) con la eliminación de la clausula del suelo en las hipotecas de las personas que entren dentro de los requisitos de este código y sobre todo la suspensión hasta el 2017 de los desahucios sobre viviendas habituales a personas especialmente vulnerables. 

Es decir, la medida realizada y que afecta en el ámbito inmobiliario directamente a los deudores es una ampliación de límites para poder entrar dentro de los baremos del código. Por un lado aumentar de 12 a 14 pagas para calcular el límite de renta anual que pasa de 19.170 a 22.365 euros y por otro lado la inclusión de los mayores de 60 años. 

Según el ministro Luis de Guindos se han conseguido 3.500 daciones en pago, 2.000 hogares beneficiados por el fondo social vivienda (fsv) y paralizar 12.000 desahucios. Evidentemente se puede hacer mucho más pero sin duda es la mejor de las noticias dentro del sector inmobiliario. elBlogInmobiliario-20minutos


Enrique Toribio

El Blog Inmobiliario


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